Debido proceso de la secretaria de planeación y/o curadurías ciudadanas en la aplicación de sanciones e imposición de cierres de obras: infracciones urbanísticas.
Fecha
2017-11-07Autor
Álvarez Arévalo, Andrés Fabián
Duarte Trigos, Diana Paola
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente trabajo propone cual es el debido proceso que deben seguir las secretarias de planeación municipal y/o las curadurías ciudadanas, a la hora de aplicar sanciones y multas por el cierre de obras ejecutadas sin la respectiva licencia de construcción, o que, contando con esta, construyen por fuera de lo permitido. Cabe resaltar que el debido proceso no está regulado en la Ley 388 de 1997 y tampoco en la Ley 810 de 2003,
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- Trabajo Dirigido [3]